Se difunde copia escaneada nota fecha 19/06/08 del Interventor de la Gremial San Martín dirigida a la Presidenta de la obra social DASPU en la que se indica que:
a) Los mandatos de los miembros de la conduccion de la Gremial San Martín terminaron el dia 5/1/08
b) Que el Director Nacional de Asociaciones Sindicales declaro la invalidez o ineficacia de los actos que llevaron a los comicios de la gremial de fecha 27/11/06
c) Que ante lo expresado en a y b la entidad entro en estado de acefalía a partir del 5/1/08
d) Que por ello el Ministerio de Trabajo dictó la resolución 405/08 donde se le imponen al Interventor (Alberto R Geraiges) las funciones administrativas y ejecutivas de los organos de conducción de la Entidad.
e) Que todo lo actuado a posteriori del mandato fenecido (5/1/08) carece de validez, así como todo lo actuado en el mandato indicado en las elecciones gremiales ANULADAS de noviembre de 2006.
a) Los mandatos de los miembros de la conduccion de la Gremial San Martín terminaron el dia 5/1/08
b) Que el Director Nacional de Asociaciones Sindicales declaro la invalidez o ineficacia de los actos que llevaron a los comicios de la gremial de fecha 27/11/06
c) Que ante lo expresado en a y b la entidad entro en estado de acefalía a partir del 5/1/08
d) Que por ello el Ministerio de Trabajo dictó la resolución 405/08 donde se le imponen al Interventor (Alberto R Geraiges) las funciones administrativas y ejecutivas de los organos de conducción de la Entidad.
e) Que todo lo actuado a posteriori del mandato fenecido (5/1/08) carece de validez, así como todo lo actuado en el mandato indicado en las elecciones gremiales ANULADAS de noviembre de 2006.



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ETUN Córdoba